El Supremo restringe la investigación sobre móviles
La Sala Penal del Tribunal Supremo acordó ayer que desde 2007 sólo los jueces de instrucción están capacitados para recabar de las operadoras el titular y las llamadas efectuadas desde un teléfono móvil, en una interpretación literal de la ley de conservación de datos de comunicaciones. Esta decisión restringirá sustancialmente las diligencias de investigación de policías y fiscales, que antes solicitaban directamente los números a las compañías. Fuentes de la fiscalía aseguran que esta nueva interpretación deja sin sentido las diligencias previas de investigación del ministerio fiscal.
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