Condenado el Ayuntamiento de Sevilla por su "pasividad" ante el ruido
El Ayuntamiento de Sevilla ha sido condenado a indemnizar con 7.200 euros a dos vecinos por su "pasividad" e "ineficacia" ante las denuncias que le presentaban por los ruidos de un local. Esto obligó a los denunciantes a una lucha "excesiva" y en solitario durante ocho años.
El juzgado de lo Contencioso número 3 de Sevilla explica, en una sentencia, que los afectados formularon "reiteradas" denuncias por los ruidos que llegaban hasta su piso desde las cámaras frigoríficas del establecimiento comercial, sin que el Ayuntamiento "adoptara medida correctora ni de otro tipo alguna", pese a que el local estaba funcionando "con licencia de instalación, que no de apertura".
La sentencia relata que en el año 2002 el comercio solicitó licencia para una cámara de congelación "que ya se encontraba funcionando", por lo que los vecinos volvieron a denunciar los ruidos y vibraciones que sufrían, sin que el Ayuntamiento solucionase el problema.
El juez considera demostrado que los dos afectados vieron vulnerado su derecho constitucional "a la intimidad personal y familiar" y a la inviolabilidad del domicilio, pues varias mediciones técnicas certificaron que los ruidos que llegaban a su hogar, incluso de noche, alcanzaban la categoría de "intolerables". La sentencia dice que el Ayuntamiento incurrió en "pasividad, inoperancia o inactividad", más aún cuando "las modernas técnicas facilitan la insonorización perfecta, como queda demostrado en este proceso".
Obras de adaptación
Los vecinos, que estuvieron defendidos por la asociación Juristas contra el Ruido, tuvieron que acudir a la vía civil para resolver de forma bilateral sus problemas con el establecimiento. Según el juez, "solo entonces, y gracias a su esfuerzo", se hicieron obras de adaptación a la normativa de contaminación acústica.
Así, los denunciantes "han tenido que soportar ruidos durante más de ocho años". Este hecho equivale a "un funcionamiento anormal y antijurídico del servicio público, derivado de un defectuoso ejercicio de la potestad pública de intervención en materia de actividad molesta".
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