Maltratada por el marido... y por la ley
Me gustaría dejar constancia del hecho que me ha acaecido en estos días de precampaña electoral y promesas varias para rellenar titulares.
El pasado día 6-1-08 falleció mi suegro, y como es normal en estos casos, la viuda fue a reclamar la pensión de viudedad que le correspondía, aun siendo legalmente separada y cumpliendo todos los requisitos solicitados en la Ley 40 de la Seguridad Social. Cuál es nuestra sorpresa cuando, después de presentar toda la documentación requerida, nos informan de que ha habido una modificación el pasado 4-12-07, de aplicación a partir del 1 de enero, por la que se modifica el artículo 174.2 referente a dichas pensiones y no tiene derecho a pensión.
Este derecho queda eliminado porque en la sentencia de separación no se solicitaba al demandado "pensión compensatoria o alimenticia". La fecha de separación es de 1993 y el motivo principal es de malos tratos. En la fecha del auto esta mujer tenía 65 años y ahora, con 80, se encuentra que fue maltratada por su marido y en la actualidad por el legislador.
Es sabido y se entiende que cuando se produce una separación o divorcio por malos tratos lo único que se busca es no volver a ver al maltratador por miedo a que el cobro de esa pensión no sea en euros, sino en golpes, moneda no de curso legal.
Me he enterado por otras fuentes, (en la Seguridad Social personalmente y en foros de Internet) que no es éste un caso aislado, ya que en lo poco que va de año han aparecido más casos similares.
Menos promesas y más hechos, sobre todo con las llamadas víctimas de terrorismo domestico.
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