El Supremo reduce la pena a un terrorista argelino del GIA
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado en 21 meses la condena a un militante argelino del Grupo Islámico Armada (GIA) al apreciar una infracción del derecho a la presunción de inocencia al habérsele condenado sin pruebas por un delito de receptación de objetos robados. La sentencia, sin embargo, mantiene las penas que totalizan ocho años de prisión impuestas a Ali Ibrahine por pertenencia a banda armada (6 años de cárcel) y robo con fuerza en las cosas (2 años).
La sentencia declara probado que Ibrahine es militante fundamentalista del GIA, organización terrorista que recurre a la yihad o guerra santa para lograr el poder político y establecer la shaia o ley islámica, ejecutando a las personas que, en base a su interpretación subjetiva, sean hostiles al islam.
Dentro de la estrategia del GIA, a principios de 1997 se desplazaron a España una serie de ciudadanos argelinos con la finalidad de crear una infraestructura de esta organización terrorista encaminada a la captación y entrenamiento de jóvenes islámicos para su integración en la yihad, como muyaidines o luchadores. Entre estos figuraba Ali Ibrahine.
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