El derecho fundamental a la propia imagen
La Constitución, la norma básica de la convivencia democrática en un Estado de derecho, es un referente que en estos momentos de grandes incertidumbres políticas y económicas nunca, bajo ningún concepto, podemos perder.
Por ello, y aun respaldando la posibilidad de que cualquier tribunal legítimamente constituido pueda juzgar en todo el mundo los delitos de genocidio, considero que se vulnera el derecho a la intimidad del ex militar argentino Cavallo cuando se le presenta en calzoncillos en la primera página de un periódico. No olvidemos que, por muy bajo que haya caído en sus nefandos crímenes, se le pretende juzgar en un Estado de derecho que proclama el derecho de toda persona "a la propia imagen" en el artículo 18 de su Norma Fundamental. Y recordemos que, incluso si ya hubiera sido condenado, que no es este caso, la Constitución impone que "el condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales" del capítulo I de la Constitución y, por tanto, del derecho elemental a la dignidad, a la propia imagen.
Denigrarles, sustraerles su dignidad como personas, es lo primero que hacen los dictadores con sus víctimas, y lo último que pretende un sistema democrático de justicia.
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