La Audiencia condona la pena a un homicida por estar enajenado
La Audiencia de Valencia ha condonado el ingreso en prisión a un vecino de Alcàntera del Xúquer condenado por un delito de homicidio al considerar que el procesado, que estranguló a su hermana aunque no llegó a acabar con su vida, actuó bajo una profunda alteración de sus facultades mentales. El tribunal, en atención a la petición de la fiscalía, cambia la habitual pena de prisión por, entre otras medidas, el sometimiento del encausado a un tratamiento médico que cure o alivie su patología. El condenado, Antonio E. P., de 23 años, es alcohólico y consumidor, menos habitual, de otras drogas, adicciones que le han conducido a sufrir constantes alucinaciones. Los hechos enjuiciados ahora sucedieron en marzo de 1999. Entonces, el acusado abordó a su hermana, a la que asfixió hasta hacerle perder la consciencia y luego condujo a una casa de campo para, en la creencia de que trasladaba a su madre, matarla. La víctima estuvo hospitalizada durante 20 días.
El fallo, además del tratamiento médico, establece otras obligaciones para el acusado: la prohibición de acercarse a su hermana, la imposibilidad de visitar establecimientos en los que se vendan bebidas alcohólicas o la sumisión a la custodia familiar.
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