El peso de la ley
LA CONDENA de Mario Conde por el llamado caso Argentia Trust a seis años de cárcel por apropiación indebida ha llevado, como consecuencia inmediata, a que el ministerio fiscal se planteara la adopción de medidas cautelares para reducir los riesgos de fuga. Mientras la sentencia no sea firme -es decir, no haya sido ratificada por el Tribunal Supremo, tras la interposición de recurso por parte del condenado- queda a criterio de la magistratura el ingreso en prisión. La sala de vacaciones de lo Penal de la Audiencia Nacional ha considerado legítima la preocupación del ministerio público y ha acordado la prisión provisional de Mario Conde, eludible mediante una fianza de 2.000 millones de pesetas y otras medidas de control sobre sus movimientos, como la comparecencia del condenado ante la sala todos los lunes y viernes, el señalamiento de domicilio fijo, la retirada del pasaporte y la vigilancia policial durante los siete días que se le han dado para prestar la fianza.Hasta el pasado jueves 20 de marzo, el ex presidente de Banesto no estaba condenado por un tribunal. Ese día fue sentenciado a seis años de prisión, una condena recurrible ante el Supremo, pero que por el sólo hecho de existir aumenta el riesgo de fuga. Y más si se tiene en cuenta que está pendiente del juicio principal, el que le juzgará por su gestión en Banesto, y en el que se le piden 35 años de prisión por varios presuntos delitos de estafa, apropiación indebida y falsedad. En la valoración de las cautelas adoptadas ha debido pesar también indudablemente el hecho de que Conde disponga de un amplio patrimonio económico, en España y fuera de ella.
El auto dado a conocer ayer es una resolución contundente. Aunque los magistrados estiman necesaria la prisión preventiva, fundamentada en el aumento del riesgo de fuga por la sentencia condenatoria, también introducen dos circunstancias favorables a Conde. La primera apunta a que el ex banquero es un hombre "de arraigo personal y profesional" en España. La segunda, que si bien el delito por el cual se le ha condenado es grave, no puede decirse que lo sea de forma extrema. Por estas dos consideraciones favorables, la sala ha elegido, dentro del abanico que le ofrecía el ministerio público, "sustituir la medida de prisión provisional por otras menos gravosas". El tribunal estima, pues, que no es necesario aplicar todo el peso de la ley -el equivalente a la prisión preventiva ineludible- para asegurar la presencia de Conde en el proceso.
El precio que se le pone a la elección es alto: una fianza de 2.000 millones y unas condiciones de suma dureza. La desproporcionalidad de la fianza -en relación con los 600 millones del caso juzgado- está justificada como disuasión para evitar la tentación de fuga. Los magistrados han atendido así la sugerencia del ministerio fiscal de que la prisión preventiva era innecesaria, pero han sabido aplicar la ley curándose en salud.
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