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Fallo a favor de un homosexual que metió a su pareja en su piso alquilado

La Audiencia de Barcelona ha dictado una sentencia a favor de una pareja homosexual, después de que el arrendador de su vivienda pretendiera desahuciar a uno de ellos por considerar que el inquilino había introducido a una "persona extraña" en el piso, en referencia a su compañero. La sentencia señala que, en caso de tratarse de un matrimonio, no hace falta comunicar al arrendador que en la vivienda alquilada pasa a convivir el cónyuge, y que, en el caso de las parejas de hecho, tampoco se necesita ese requisito.La Coordinadora Gay se manifestó ayer satisfecha de la resolución -que utiliza el término familia no matrimonial- y, en un comunicado, indicó que "como es sabido la Constitución española establece la protección del Estado a la familia, sin entrar en diferencias".

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