Los pesqueros de empresas conjuntas en el Reino Unido pueden volver a faenar
Unos 65 barcos de las empresas conjuntas en el Reino Unido que permanecían amarrados en puerto desde el primero de abril de 1989, volverán a faenar en los próximos días de acuerdo con la decisión adoptada por la Cámara de los Lores el miércoles al suspender temporal y parcialmente una Ley del Parlamento británico. Esta decisión sigue el dictamen emitido hace alguna semanas por el Tribunal de Justicia de Luxemburgo por el que una ley de un determinado país debe someterse en todo caso a la normativa comunitaria.La batalla legal se inició hace aproximadamente dos años. La ley inglesa, Merchant Shipping Act, fijaba un nuevo registro para las embarcaciones pesqueras que fenasen en el Reino Unido. Para a acceder a la inscripción era indispensable que el 75% del capital social de las empresas conjuntas estuviera en manos de una persona física o jurídica británica, condición que no cumplía prácticamente ninguna de las empresas conjuntas donde los españoles poseían la casi totalidad del capital. Cerca de una veintena de armadores optaron por acogerse a las condiciones fijadas por la ley y malvendieron las embarcaciones a ciudadanos británicos lo que les permitió seguir faenando. Sin embargo, la mayor parte de los barcos, con una tripulación cercana a las 1.500 personas permanecieron inactivos con una pérdidas que se estimaron en unos 12.000 millones de pesetas.
Batalla jurídica
Una primera sentencia de los tribunales británicos, en abril de 1989, decidió la suspensión de la ley aprobada en el Parlamento. Las autoridades británicas entendieron que un juzgado de Londres no tenía capacidad para decidir sobre la anulación de una ley aprobada en el Parlamento. De acuerdo con esta filosofía, el Gobierno recurrió esta sentencia y logró su anulación. Los armadores siguieron su batalla legal hasta la Cámara de los Lores que en una primera posición se inhibió en este caso remtiendo el mismo a la Corte de Justicia de la Comunidad para que se pronunciase sobre el asunto. El Tribunal de Luxemburgo emitió un dictamen semanas pasadas por el que se indicaba que, ante la existencia de leyes propias de un país que impidieran el registro de los barcos de las empresas conjuntas, se debía cambiar esa ley y aplicar la norma de la Comunidad Europea.
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